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AYUDAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE VIVIENDA (AFE-VIV)
AYUDAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE VIVIENDA (AFE-VIV)
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Destinatarios de la ayuda

  • Las personas Propietarias, Usufructuarias o Arrendatarias de viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.

Condiciones a cumplir

Los requisitos de las viviendas deben ser los siguientes:

  • La vivienda deben ser domicilio habitual y permanente de sus ocupantes.
  • El plazo no puede exceder de 12 meses contado desde la concesión de la ayuda.
  • Pueden acogerse obras en curso y sin empezar, o las ya ejecutadas si la fecha de finalización fuese posterior al 11-04-2022.

Se consideran actuaciones subvencionables al menos uno de los siguientes criterios:

  • La actuación debe consistir en una modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica.
  • La finalidad de la actuación debe ser para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a-HE1 y 3.1.3.a-HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.

Cuantía de las ayudas

  • Será del 40 % del coste de la actuación.
  • Tendrá un límite de 3.000 €.
  • Para poder solicitar estas ayudas el coste de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 € por vivienda.
  • El importe de la ayuda total estará, en cualquier caso, limitado por el importe máximo que resulte de la aplicación de la normativa de ayudas de Estado, que le fuera de aplicación a la tipología de actuación y al tipo de beneficiario.

Compatibilidad de ayudas

  • Las viviendas unifamiliares podrán solicitar las ayudas de rehabilitación de edificios (AFE-EDIF) o las de mejora de la eficiencia energética de viviendas (AFE-VIV), pero no ambas, debiendo cumplir los requisitos correspondientes al tipo de ayuda solicitada.
  • Cuando se hayan solicitado otras ayudas procedentes de fondos europeos para el mismo edificio o vivienda, deberá justificarse, tanto en la solicitud de la ayuda como en el procedimiento de verificación, mediante declaración responsable, que no se subvenciona el mismo coste.

Documentación a aportar

La documentación que hay que presentar es la establecida en la base vigésima Capitulo II Título III

  1. Formulario normalizado de solicitud de ayudas.
  2. Memoria justificativa (el modelo está en las plantillas de la web arriba indicada).
  3. Solicitud autorización urbanística o declaración responsable municipal.
  4. Contrato u oferta actuaciones y otros gastos (honorarios).
  5. Tres ofertas de proveedores diferentes, en los casos de contrataciones que superen las cuantías del contrato menor (40.000€ para los contratos de obras).
  6. Certificado de eficiencia energética existente en su estado actual registrado y el nuevo certificado obtenido considerando realizar las actuaciones previstas.
  7. Fotos a color de las zonas a rehabilitar, así como de la fachada principal.
  8. Informe de evaluación del edificio registrado (IEEV.CV) en el caso de que se trate de viviendas independientes unifamiliares sin división horizontal.
  9. En obras ya iniciadas, el certificado del inicio de las obras, en el caso de ser preceptivo.
  10. Modelo normalizado de domiciliación bancaria, y realizar el trámite automatizado de alta/modificación/baja de los datos personales y bancarios, en el siguiente enlace.
  11. Declaración del técnico competente manifestando su competencia, en el caso de ser necesario.
  12. Declaraciones responsables suscritas por el beneficiario (están todos los modelos en la plantilla arriba indicada).