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AYUDAS IMPLANTACIÓN IEEV.CV 2025
AYUDAS IMPLANTACIÓN IEEV.CV 2025

Los edificios de viviendas de más de 50 años tienen que pasar una revisión. La realización del Informe de Evaluación de Edificios de Viviendas te permitirá anticiparte a sus posibles problemas y mejorar sus prestaciones.

¿Qué es el IEEV.CV?

  • Es un documento técnico que evalúa el estado de conservación de un edificio, las condiciones de accesibilidad y la eficiencia energética.
  • Todo edificio de viviendas de más de 50 años tiene que realizar el IEEV.CV y renovarlo cada 10 años.
  • Además, debe tenerlo si quieres pedir una ayuda pública para rehabilitarlo.

¿Quién hace el IEEV.CV?

La comunidad de personas propietarias o personas propietarias únicas tienen que encargar la redacción del IEEV.CV a profesionales de la arquitectura, de la arquitectura técnica, o de la ingeniería de la edificación.

Se podrá autorizar al técnico redactor del IEE. CV a que tramite la solicitud telemática en su nombre, en cuyo caso se deberá aportar el impreso de solicitud firmado por la parte beneficiaria, solicitante de la ayuda, donde conste la citada autorización.

¿Cuál es el importe de los honorarios del técnico que intervenga?

Los honorarios son libres, por lo que se ha de alcanzar un acuerdo entre las partes.

¿Qué presupuesto se presenta?

No hay que presentar el presupuesto. Se presentará factura de honorarios por la realización del Informe de Evaluación del Edificio, acompañando el documento bancario que acredite que el abono de la factura se ha efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.

¿Cuándo pido las ayudas?

  • Solicítalas entre el 17 de septiembre y el 17 de noviembre de 2023.
  • El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva
  • El informe debe estar registrado con posterioridad al 1 de mayo de 2024.

¿Cuantía de las ayudas

  • El importe protegido del IEEV.CV será el coste facturado del informe (sin IVA) hasta un máximo subvencionable de acuerdo con el siguiente cuadro en función del número de viviendas del edificio y de la superficie del local del edificio, en su caso:

¿Cómo y dónde las pido?

  • Importe de la subvención:
  • El importe de la subvención de las solicitudes que presenten el anexo con un estudio de protección de incendios del inmueble será del 100% del importe protegido establecido en el apartado anterior.
  • El importe de la subvención de las solicitudes que no presenten el anexo con un estudio de protección de incendios del inmueble será del 80% del importe protegido establecido en el apartado anterior
  • Documentación para aportar

    • La documentación hay que presentarla de forma telemática según lo establecido en la base octava:
    1. Impreso de solicitud firmado por la parte beneficiaria o su representante.
    2. Factura de honorarios por la realización del Informe de Evaluación del Edificio, acompañando el documento bancario que acredite que el abono de la factura se ha efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.
    3. Justificación de la inscripción del IEEV.CV en el Registro al efecto, mediante la presentación del justificante generado.
    4. En su caso, acta de la comunidad de personas propietarias donde se nombre al representante para tramitar la solicitud de ayudas y demás actuaciones que procedan en la gestión de la subvención.
    5. En su caso, anexo con el estudio de protección de incendios del edificio.
    6. En su caso, acta de la comunidad de personas propietarias donde se nombre al representante para tramitar la solicitud de ayudas y demás actuaciones que procedan en la gestión de la subvención.

    Toda la información y presentación de la solicitud en AYUDAS IEE.CV 2025

    Si tienes dudas, puedes llamarnos al 965 93 96 25 o enviar un email a arquitectura@personasyciudad.es